Hazte Socio

Hay dos modalidades para asociarse a Alzheimer Canarias:

Socio activo: La cantidad mínima a abonar es de 100 €. Con ello Ud. accedería a los servicios de Atención Psico-Social: terapia psicológica individual y familiar, grupos de autoayuda, actividades grupales y talleres para familiares y cuidadores, así como la atención y ayuda en el trámite de ayudas, gestiones, etc. En relación a los beneficios en los servicios para enfermos, tiene prioridad en la entrada al Centro de Día Terapéutico, al Centro Residencial y los Servicios Domiciliarios.

Socio colaborador: en caso de no querer acogerse a ninguno de los servicios que prestamos pero sí querer colaborar con la acción que llevamos a cabo, puede constar únicamente como socio colaborador, pudiendo determinar la cantidad libremente, no habiendo mínimo ni máximo.En cualquiera de los dos casos, y como verá en el formulario para asociarse, Ud. puede elegir la forma de pago, pudiendo ser mensual, trimestral, semestral o anual.

Asimismo, como la Asociación es una Entidad declarada como Utilidad Pública, Ud. se beneficiará de las siguientes ventajas fiscales al asociarse:

La Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (BOE núm. 288 de 28 de noviembre), introduce modificaciones, con efectos desde el 1 de enero de 2015, en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.

El régimen de las entidades sin fines lucrativos a las que resulta de aplicación la normativa de la Ley 49/2002 se mantiene en los mismos términos y las novedades afectan al mecenazgo y, concretamente, al incremento de los tipos de deducción aplicables, por los donativos realizados por las personas físicas y/o jurídicas a fundaciones acogidas al régimen fiscal especial.

A continuación se recoge el cuadro con el esquema de los incentivos al mecenazgo para las donaciones puras y simples que se realicen en favor de fundaciones acogidas al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre:

IRPF

A partir de 2020

Primeros 150 €

80 %

Resto

35 %

Donaciones plurianuales (Al menos tres años consecutivos a la misma entidad) superiores a 150 €

40%

IMPUESTO DE SOCIEDADES

A PARTIR DE 2016

Donaciones en general

35%

Donaciones plurianuales (Al menos tres años consecutivos a la misma entidad)

40%

Te llamamos

Motivo de la llamada

Currículum